El Ayuntamiento aprueba la primera ordenanza para proteger los derechos de usuarios y consumidores
El Ayuntamiento de Pozuelo ha aprobado una normativa específica que regula los derechos de los usuarios y consumidores puesto que desde la Administración local, la más cercana al ciudadano, debe establecer los mecanismos para una mejor protección de los derechos de los ciudadanos, estableciendo en este nuevo proyecto de normativa una definición de consumidor y usuario.
En esta normativa se establece una amplia y completa variedad de derechos básicos de los consumidores como: una protección frente a riesgos de seguridad, incluyendo los que amenacen al medio ambiente y la calidad de vida, una protección frente a la inclusión de cláusulas abusivas en los contratos, una información veraz, correcta y suficiente, etc., obligando no solo a los establecimientos, si no a todos los que presenten servicios y actividades profesionales a tener a disposición de los usuarios hojas de reclamaciones.
Además el Ayuntamiento se obliga a ejercer una especial vigilancia y control de los bienes y productos de primera necesidad y a los servicios especiales; y una especial vigilancia a los colectivos de consumidores y usuarios que se encuentren en una situación de inferioridad como adolescentes, niños, personas con discapacidad, personas mayores, mujeres gestantes, inmigrantes y los sectores económicos más débiles.
También en esta normativa define a las asociaciones de usuarios y consumidores como 'entidades sin ánimo de lucro y con una exclusiva finalidad la información, educación y defensa de los derechos e intereses de los consumidores y usuarios.Para intentar mermar o equilibrar las posibles situaciones de inferioridad, el Consistorio organizará campañas de orientación al consumo, control de calidad y análisis comparativos de consumo duradero, un análisis de reclamaciones o quejas y organizar y poner en funcionamiento la Oficina Municipal de Información al Consumidor.
El Ayuntamiento se concede una serie de competencias como: informar y educar a los consumidores, estableciendo para ello oficinas y servicios de información, impulsar y realizar inspecciones, establecer mecanismos con las asociaciones de consumidores, programar órganos de participación ciudadana, ejercer la potestad sancionadora, fomentar el sistema arbitral de consumo y prever medidas y colaboraciones en situaciones de crisis y emergencias.
Oficina del consumidor
También se establece una oficina de información al consumidor( OMIC) y será el organismo de referencia para temas de consumo, teniendo como funciones la información , la ayuda, orientación y asesoramiento, teniendo la obligación de recibir quejas y remitirlas a los órganos competentes, atender consultas, tramitar expedientes sancionadores, recabar información, realizar campañas informativas, editar publicaciones, organizar y desarrollar cursos de formación, difundir estudios y análisis comparativos, indicar las direcciones y principales funciones de otros centros públicos y asociaciones de defensa de los consumidores y fomentar el sistema arbitral y sistemas de resolución voluntarias de reclamaciones.
El Ayuntamiento se dota así mismo de una potestad sancionadora por si se produjera un incumplimiento de esta normativa, este procedimiento empezará tanto por el propio Ayuntamiento como ante una denuncia o una reclamación basada en hechos y que deberá presentarse ante la Oficina Municipal de Información al Consumo , que dará el trámite oportuno.
También esta normativa establece una clasificación de infracciones que las divide en: infracciones por alteración, adulteración o fraude de bienes y servicios susceptibles de consumo, en materia de transacciones comerciales, condiciones técnicas de ventas y precios, en materia de normalización y documentación y condiciones de venta y suministros, por fraude, sanitarias y otras infracciones. Se establecen infracciones leves de hasta 3.006 euros hasta muy graves que podrían llegar a más de 600.000 euros.
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