Berzal: “El Pleno de abril ha estado saturado de malos usos, prepotencias, mentiras y desconocimientos”
El portavoz de Ciudadanos Pozuelo, Miguel Ángel Berzal, ha declarado que "el Pleno Ordinario de abril ha estado saturado de malos usos, prepotencias, mentiras y desconocimiento de normativas de los concejales que componen el gobierno municipal".
En relación con la moción retirada sobre el estacionamiento regulado en Monte Gancedo, que trataba de iniciar una solución al problema del aparcamiento invasivo de sus calles por parte de los trabajadores del hospital Montepríncipe, el portavoz de la formación naranja ha explicado que "la hemos retirado porque ha sido utilizada de mala manera por el PP, ya que a los cuatro días de haberla presentado, el gobierno municipal hizo público un Proyecto de Movilidad y tráfico que tenía en el cajón esperando una oportunidad como ésta, cuyo contenido rebasa ampliamente lo propuesto por Ciudadanos, ya que pretende implantar cuatro nuevas Zonas SER en el municipio y una de ellas, la número siete, afectaría a toda la urbanización de La Cabaña, no solo a Montegancedo, como pretendía nuestra moción", ha aclarado Berzal.
Sobre la pregunta oral formulada en el Pleno sobre la gestión y explotación de la biblioteca municipal universitaria del ESIC, Berzal ha acusado a la Concejala de Cultura, Mónica García Molina, de hacer "un alarde de desconocimiento de la ley sobre la materia, ya que la biblioteca tiene la condición de instalación pública municipal y debe encuadrarse dentro de los supuestos de aprovechamiento especial o utilización privativa de los inmuebles de titularidad municipal que sirven a un fin público".
Berzal ha explicado en relación a la Biblioteca Universitaria ESIC que el artículo 75 del Real Decreto 1372/1986, de 13 de junio, por el que se aprueba el Reglamento de Bienes de las Entidades Locales, define el uso privativo de los bienes de dominio público como el constituido por la ocupación de una porción del dominio público, de modo que limite o excluya la utilización por los demás interesados, para señalar a continuación, en el artículo 78, que estará sujeto a concesión administrativa. Y el artículo 80 de la misma norma establece entre las cláusulas que deben fijarse en toda concesión, el canon que hubiere de satisfacer a la entidad local, que tendrá el carácter de tasa y comportará el deber del concesionario o autorizado de abonar el importe de los daños y perjuicios que se causaren a los mismos bienes o al uso general o servicio al que estuvieren destinados.
Para el portavoz naranja, esto demuestra que "nos encontramos sin ninguna duda ante un aprovechamiento especial de dominio público, sujeto a autorización y al pago de una tasa. En mi intervención, he instado a Mónica García Molina a que renegocie nuevamente el Convenio con el ESIC, exija el pago de una tasa y obliguen al ESIC a que puedan utilizar la instalación los estudiantes de Secundaria y primer curso de Bachillerato, ya que ahora se les niega la entrada", ha finalizado Berzal.
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