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El periodo voluntario de pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica finalizará el 31 de julio

El periodo voluntario de pago del Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica finalizará el 31 de julio

El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón ha recordado en un comunicado que el periodo voluntario de pago correspondiente al Impuesto sobre Vehículos de Tracción Mecánica finaliza el próximo 31 de julio.

Esta ampliación del plazo viene dada tras la modificación del calendario fiscal que el Ayuntamiento realizó al decretarse el estado de alarma. De hecho, esta ha sido una de las medidas en materia fiscal puestas en marcha por el Consistorio para paliar los efectos de la pandemia. De este modo, se ha ampliado el período voluntario de pago hasta el 31 de julio y se ha establecido este día como fecha de cargo de los recibos domiciliados.


Esta y otras medidas en materia fiscal responden a que “el Ayuntamiento ha tenido que modificar no sólo la forma de trabajar sino también el ritmo en la gestión, ya que se han tenido que cambiar prioridades y anteponer las necesidades sanitarias y sociales que la pandemia ha generado”, señala la primer edil.

El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón puede conceder una bonificación del 100% sobre la cuota del impuesto a los vehículos históricos, considerados como tales aquellos que tengan una antigüedad mínima de veinticinco años, contados a partir de la fecha de su fabricación o, si ésta no se conociera, tomando como tal la de su primera matriculación o, en su defecto, la fecha en que el correspondiente tipo o variante se dejó de fabricar.

Por otro lado, el Consistorio puede conceder una bonificación del 75% sobre la cuota del impuesto a los vehículos de las clases turismo, camiones, furgones, furgonetas, vehículos mixtos adaptables, autobuses y autocares, en función de la clase de carburante utilizado, características del motor y de su incidencia en el medio ambiente.

Entre los requisitos que deben cumplir se encuentran los de que se trate de vehículos que utilicen el gas como combustible e incorporen dispositivos catalizadores; que se trate de vehículos híbridos (motor eléctrico-gasolina, eléctrico-diesel o eléctrico-gas); o que se trate de vehículos que no sean de combustión interna (eléctricos, de pila de combustible o de emisiones directas nulas), los vehículos eléctricos enchufables PHEV (Plug in Hybrid Vehicle) y los vehículos eléctricos de rango extendido.

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